Guía para el trabajador afectado por un ERTE por coronavirus

¿Qué es un ERTE por coronavirus y cuál es la diferencia con un ERTE habitual?

Definición:

Conviene empezar definiendo el concepto de ERTE y entender un poco en qué afecta a las personas trabajadoras. La palabra ERTE proviene de Expediente de Regulación Temporal de Empleo, como su propio nombre indica, es un forma de regular de manera temporal ante situaciones excepcionales con causas justificadas. Por ejemplo la situación de estado de alarma por el coronavirus. Es decir, se puede aplicar una restricción de los contratos o una reducción de la jornada que puede ser del 10% hasta el 70%, pero en todo caso se contempla como un situación temporal.

ERTE por coronavirus:

En el caso del coronavirus, al verse afectadas muchas empresas, el gobierno ha decidido establecer unas medidas para facilitar las condiciones para poner un marcha un ERTE. Estas medidas cuentan con ventajas tanto para las empresas como para trabajadores. En resumen las empresas de menos de 50 trabajadores no deberán pagar las cotizaciones a la seguridad social, y las empresa de más de 50 trabajadores solo pagarán el 25% de estas. Los autónomos afectados por este parón (siempre y cuando se justifique) no tendrán que abonar la cuota, y contarán con algunas ventajas. Además el plazo para resolver el ERTE por parte de las autoridades será mucho menor que en un ERTE realizado en otro momento.

Resumen:

A efectos prácticos el trabajador afectado por un ERTE estará en paro de manera temporal. Incluido los que se vean afectados por una reducción de jornadas. Por ejemplo, si a un trabajador contratado a 40 horas semanales se ve afectado por un ERTE y su jornada se ve reducida a 20 horas semanales. Este trabajador estará en el paro, y cobrará el paro correspondiente a las 20 horas que ya no esta trabajando. El trabajador sigue manteniendo una relación con la empresa, una vez superada la situación que ha llevado a la suspensión de empleo o a la reducción temporal de la jornada. Tras el ERTE por coronavirus la empresa tiene la obligación de reincorporar a los trabajadores.

 

¿Cuánto tiempo puedo estar afectado por un ERTE?

Es difícil de saber, el mínimo, lo que dure la cuarentena. El máximo depende la empresa. Lo mejor, es hablar con el departamento de recursos humanos o con la persona que gestione el ERTE para obtener más información, sobre el plan de la empresa.

Por ley no hay duración mínima ni duración máxima para el ERTE. Obviamente, en el caso de un ERTE realizado por culpa del coronavirus se entiende que la causa que justifica tomar estas medidas durará como mínimo el tiempo que durará la cuarentena. Sin embargo en el caso de las empresas más grandes y debido a la incertidumbre en cuanto al tiempo que durará el impacto del confinamiento por coronavirus, estamos viendo ERTE que prevén la reincorporación de los trabajadores de forma escalonada. Por ejemplo, en una misma empresa en la cual los trabajadores se ven afectados por un ERTE contemplan reincorporar los trabajadores poco a poco en el plazo de «X» meses a partir del fin de la cuarentena. En muchas ocasiones este plazo viene indicado en el documento que se facilita al trabajador.

 

No tengo cotizado el mínimo para cobrar el paro, ¿cobrare el paro durante el ERTE?

Si esta es tu situación, las medidas adoptadas por el gobierno te permitirán cobrar el paro independientemente de lo que hayas acumulado anteriormente.

Muchas personas se preguntarán si no tener el mínimo de días cotizados les impedirá cobrar la prestación. Habitualmente uno de los requisitos indispensables para poder cobrar el paro, el trabajador tiene que haber cotizado un mínimo de 365 días en los últimos 6 años o desde la última vez que cobro la prestación por desempleo. Una de las medidas tomada por el gobierno ante los ERTE por coronavirus, permite que cualquier persona que se vea afectada pueda cobrar el paro independientemente de si cumple este requisito.

 

Tengo paro acumulado, ¿ pierdo esos días durante el ERTE?

No, no perderás el paro acumulado de los últimos 6 años. Además seguirás cotizando y por tanto acumulando paro hasta el final del contrato.

A efectos prácticos, cuando una empresa realiza un ERTE y afecta a un trabajador que ve reducida su jornada laboral o cesada su actividad en la empresa, cobra la prestación por desempleo del paro. Generalmente una vez una persona hace uso del paro que ha ido acumulando en los últimos 6 años cotizados y vuelve a trabajar, también vuelve a empezar a acumular paro desde la fecha en la que empezó el nuevo empleo. En este caso, al tratarse de un ERTE, la persona sigue cotizando y por lo tanto no esta perdiendo el paro que tiene acumulado o antigüedad. Además, a pesar de estar cobrando la prestación por desempleo, el trabajador sigue cotizando y acumulando días cotizados, independiente de si se trata de una reducción de jornada o de una suspensión del contrato.

 

¿Cuánto se cobra durante un ERTE?

Para calcular cuanto cobrarás de paro durante el ERTE por coronavirus puede utilizar nuestra Calculadora de paro por ERTE coronavirus. Si, prefieres calcular exactamente siga leyendo.

Una de las preguntas que más se hace una persona afectada por un ERTE a causa del coronavirus es: ¿cuánto voy a cobrar?. Esto se puede calcular teniendo en cuenta algunos parámetros como el sueldo base en función de los 180 últimos días cotizados o menos si no llega a los 180 días, las condiciones del ERTE (suspensión o reducción de jornada), la retención habitual, las horas que figuran en el contrato y las condiciones personales de cada uno.  Estas condiciones se aplican tanto con reducción de jornada laboral como por cese de actividad en la empresa. En cualquier caso existe un mínimo y un máximo que se puede cobrar según el número de hijos que se tenga. El máximo sin hijos es de 1098,09, máximo con 1 hijo de 1254,96 y el máximo con más de 1 hijo es de 1411,83 euros. Mientras que el mínimo es de 501,80 sin hijos y con hijos 671,4 euros.

 

¿Puedo trabajar en otra empresa si me han hecho un ERTE?

Si, tanto para otra persona, como darte de alta como autónomo y ser tu propio jefe.

Bajo los ojos de la ley el trabajador afectado por un ERTE se encuentra en situación de desempleo. Por lo tanto puede trabajar en cualquier empresa o darse de alta como autónomo. Es importante al realizar otra actividad avisar al SEPE y a la empresa que nos ha hecho el ERTE por coronavirus.

 

¿A partir de cuando tiene efecto el ERTE por coronavirus?

Desde el inicio del estado de Alerta, en este caso desde el día 14/03 o 16/03 según la jornada laboral.

Muchas empresas han comunicado el ERTE a mitad de marzo ya pasado el día 15. Son muchos los trabajadores que se preguntan cuando están oficialmente en el paro. Según la ley el ERTE por coronavirus entrará en vigor a partir de la fecha del estado de alarma. Es decir a partir del día 14 de marzo o a partir del día 16 que es cuando muchos empezaban la semana laboral.  

 

¿Gestiona la empresa los papeles del paro o tengo que hacer algo?

No, no salgas de casa. La empresa se encarga de darte de alta y de gestionar los papeles.

Son muchos los trabajadores que se preguntan: ¿Tengo que ir a darme de alta en el paro si me han hecho un ERTE?. En este caso, dado de que se trata de un ERTE por coronavirus, es la empresa la que se encargada de gestionarlo todo. Ellos comunicarán al SEPE la situación y facilitarán los datos del trabajador para que cobre la prestación automáticamente.

 

¿Te pueden despedir durante el ERTE por coronavirus? ¿Y después?

No, en principio si ya te han comunicado el ERTE, estas de ERTE. Ahora bien, las medidas van cambiando día a día, y se están contemplando algunas situaciones justificadas. Después del ERTE y bajo algunas condiciones objetivas la empresa podrá realizar despidos.

Pasado el estado de alarma y el tiempo definido del ERTE por coronavirus de la empresa. Según las últimas medidas adoptadas por el gobierno, la empresa no podrá despedir en los 6 meses siguientes desde el día de la reanudación de la actividad. Aunque las últimas medidas han flexibilizado esta norma. Con esta medida el gobierno pretende prevenir los despidos masivos tras finalizar el ERTE. Pasado esos seis meses, alegando una situación desfavorable la empresa podrá despedir o acogerse a un nuevo ERTE. Si la empresa decide despedir tendrán que pagar las consecuencias, indemnización al trabajador y pagar lo ahorrado en seguridad social.  

¿Cómo me afecta el ERTE si estoy de baja?

Hasta que no te den el alta seguirás cobrando lo mismo que cobras de baja. Cuando tengas el alta ya te verás afectado por el ERTE.

Si un trabajador se encuentra de baja cuando la empresa ha comunicado un ERTE por coronavirus, el trabajador seguirá con las mismas condiciones de la baja. Solamente se verá afectado si cuando reciba el alta médica, la empresa sigue estando de ERTE. En ese caso, el trabajador se regirá por las condiciones propias del un ERTE por coronavirus.

 

¿Tengo que comunicar a la empresa una baja médica durante el periodo de ERTE?

Si, siempre hay que comunicar las bajas tanto a la empresa como al SEPE. Si no lo haces corres el riesgo de sanción.

En cualquier caso, estando en paro o trabajando, el trabajador siempre deberá comunicar la situación de baja médica o a la empresa o al SEPE. Independientemente de la situación actual, el trabajador deberá  comunicar a la empresa y/o al SEPE del estado de baja médica.

 

¿Tengo derecho a una indemnización a causa del ERTE?

No, ya que no se trata de un despido.

Esta situación actual no implica un despido por parte de la empresa al trabajador. Al ser un expediente de regulación temporal de empleo, se contempla la reanudación del contrato pasado el estado de alarma. En ese sentido, si la empresa no realiza un ERTE y despide al trabajador, este tendrá derecho a una indemnización.

¿Pierdo antigüedad en mi empresa por el ERTE coronavirus?

No, en ningún caso pierdes la antigüedad como trabajador.

Como hemos visto anteriormente sigues teniendo una relación con la empresa, por lo tanto no pierdes antigüedad. Solo pierdes antigüedad si te despiden en vez de hacer un ERTE.

 

Tengo contrato temporal que acaba durante el estado de alarma, ¿como me afecta?

Si tienes un contrato temporal, tienes derecho al subsidio por desempleo de 430 euros siempre que tu contrato sea mayor de dos meses. Si tienes paro acumulado podrás elegir entre el paro o el subsidio.

Muchos trabajadores con contratos de duración determinada o temporales se han quedado sin trabajo por el estado de alarma. En el caso de que tu contrato se acabe durante el confinamiento podrán acceder al subsidio de 430 euros todos los trabajadores afectados. Para ello tendrás que haber sido contratado antes del 14 de marzo y tener una antigüedad de al menos dos meses. Esta ayuda no es compatible con la obtención de otras ayudas económicas.